Este campo es obligatorio.
Si no autoriza no podrá continuar con el alta de la solicitud, es un requisito indispensable.
- A la comercializadora de referencia a introducir, a través de la aplicación implementada al efecto en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, la información, incluyendo los datos personales del solicitante del bono social y, en caso de que el solicitante forme parte de una unidad de convivencia, de los miembros de su unidad de convivencia, que le hayan sido proporcionados mediante el presente modelo de solicitud y documentos adjuntos, en su caso, así como a realizar los demás tratamientos de datos personales previstos en el artículo 6 de la Orden ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, a los efectos de la aplicación del bono social y demás consecuencias previstas en dicha normativa, incluyendo el tratamiento de dicha información, y de los datos personales que comprenda, a los efectos de hacer constar en sus sistemas informáticos y de gestión la información necesaria para aplicarle al solicitante el bono social, y las demás consecuencias, en su caso, que se regulan en el Real Decreto citado, así como para el mantenimiento del bono social y demás consecuencias, en su caso, mientras se mantengan las condiciones que han dado lugar a su otorgamiento;
- A que el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través de la aplicación implementada a tal efecto, tenga acceso a las correspondientes bases de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o en el caso del País Vasco y Navarra, de la Agencia Foral correspondiente, que contengan información sobre rentas;
- A la comercializadora de referencia a recabar información de las administraciones autonómicas o locales cuyos servicios sociales estén atendiendo o vayan a atender al consumidor que cumpla los requisitos para ser vulnerable severo. En ningún caso implicará la autorización para comprobar los requisitos ligados a la comprobación de las circunstancias especiales que, en su caso, pudieran aplicar.